Resumen | |
[J] | Despido. Relación laboral especial de personas empleadas del hogar. Hay despido tácito y no dimisión de la persona trabajadora, cuando se ha producido la baja en la seguridad social sin comunicación ni formalidad alguna.(publicado en Actualidad Diaria 4616 el 29 de marzo de 2022) |
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Es objeto del presente recurso de casación para la unificación de doctrina, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid -Sala de lo Social- de 13 de septiembre de 2018 (Recurso nº 484/2018), que desestima el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora demandante y confirma la sentencia de instancia que había, a su vez, desestimado la demanda en reclamación por despido, declarando la inexistencia de éste y sí, en todo caso, de un cese voluntario por parte de la trabajadora, sobre la base según se indica, del relato de hechos probados que refleja, fielmente, el resultado de las pruebas y elementos de convicción aportados al juicio. El Supremo estima el recurso de la trabajadora. | |
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